Permiso retribuido desde la 37ª semana de gestación

Se ha publicado en la web del Servicio Andaluz de Salud modificación del Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias, con la introducción de un art. 15.bis con el siguiente tenor literal:

 

Artículo 15. bis. Permiso retribuido para trabajadoras en estado de gestación.

 Las trabajadoras en estado de gestación tendrán derecho a un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha de parto. En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo hasta la fecha de parto.

 

Dicho permiso se incluye de acuerdo con la Disposición Adicional Decimocuarta de la ley 1/2015, de de 21 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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