Problemas con la reducción voluntaria de jornada por interés personal

Recientemente se ha modificado el Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias del SAS. Uno de sus cambios afecta a la reducción de jornada por interés personal. Este cambio se produce como consecuencia de la Disposición final tercera de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017 que indica que el personal tanto fijo como temporal, podrá solicitar voluntariamente la reducción de su jornada diaria hasta un 10 por ciento, con la correspondiente reducción proporcional de retribuciones, teniendo en cuenta siempre las necesidades del servicio.

Además, el nuevo manual recoge que “el personal que se haya acogido a la reducción voluntaria de la jornada laboral prevista en el artículo 15.2 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, con anterioridad al 1/01/2017 mantendrá el porcentaje de reducción que se le hubiese concedido”. (Disposición Transitoria Quinta de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017).

Pues bien, los diferentes Servicios de Personal del SAS de toda Andalucía están llamando telefónicamente a los profesionales médicos  indicándoles que no van a poder mantener la reducción de jornada establecida previamente (por ejemplo no mantener una reducción del 50%, obligándoles a reducirse sólo un 10% de la jornada)  ya que durante estos meses van a sufrir un cambio de sus nombramientos temporales pasando de un contrato temporal eventual a un contrato temporal de interinidad. 

Desde el SMA no entendemos la actitud del SAS, por este motivo en una de las últimas Mesas Sectoriales el SMA expuso la situación sobre la interpretación “tan personal” que está realizando el SAS sobre la nueva redacción de la reducción de jornada voluntaria.  La Administración  nos comunicó que revisaría el tema y nos daría un respuesta que por ahora no ha llegado. 

Por este motivo nos hemos vuelto a dirigir a la Dirección de Profesionales del SAS solicitando una aclaración, ya que el cambio de contrato o nombramiento no debe alterar la situación laboral previa en lo que a reducciones de jornada se refiere y pedimos por tanto sean respetados los porcentajes de reducción a todos aquellos que estén incluidos en el actual proceso de estabilización.

Fuente: SMA

Comparte en redes sociales:
Back To Top

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar