Hoy lunes, 6 de noviembre de 2017, en la sede del Sindicato Médico de Sevilla, se ha constituido la MESA ELECTORAL que dirigirá el proceso de elecciones al Comité Ejecutivo General y de Ramas del SMS, convocadas por la Asamblea General Extraordinaria celebrada el pasado 2 de noviembre.
La Mesa, formada por un Presidente, un Secretario y un vocal, ha elaborado el correspondiente Calendario Electoral y el Reglamento que, de acuerdo con nuestros estatutos, estarán vigentes en esta convocatoria electoral y que publicamos aquí para general conocimiento de todos los afiliados.
CALENDARIO ELECTORAL
02 noviembre:
- Asamblea General Extraordinaria y convocatoria de elecciones.
06 noviembre:
- Constitución de la Mesa Electoral.
- Reglamentos y calendario.
Del 07 (8:30h) al 10 (12:00h) noviembre:
- Presentación de candidaturas.
- Exposición pública del censo provisional con apertura del plazo de reclamaciones al mismo.
13 noviembre:
- Proclamación provisional de candidaturas.
- Exposición pública del censo definitivo.
Del 14 (8:30h) al 16 (12:00h) noviembre:
- Reclamaciones contra las candidaturas.
17 noviembre:
- Resolución de las reclamaciones a las candidaturas.
20 noviembre:
- Proclamación definitiva de las candidaturas.
Del 21 al 26 noviembre:
- Campa&ntntilde;a electoral.
28 noviembre (de 10:00h a 20:00h)
- Votación.
- REGLAMENTO ELECTORAL
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Se decide establecer el siguiente Reglamento, de acuerdo con los Estatutos:
– Son electores todos los miembros del sindicato que se encuentren al corriente de sus obligaciones.
– Son elegibles los miembros numerarios que se encuentren al corriente de sus obligaciones y no incurran en incompatibilidad.
– Las candidaturas se presentarán, dentro del plazo establecido, en listas ordenadas, completas y cerradas, especificando el cargo al que concurre cada candidato.
– Las candidaturas al Comité Ejecutivo se compondrán de cuatro miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero.
– Las candidaturas a las Ramas de A. Primaria y A. Especializada se compondrán de dos miembros: Presidente y Secretario.
– La recepción de candidaturas tendrá como límite de presentación las 12:00 horas del día 10 de noviembre en el registro de la sede del Sindicato Médico de Sevilla. Quedan excluidos otro tipo de registros.
– Los Vocales de Rama son elegidos por su propia Rama y, por tanto, no están sujetas a este proceso.
– No se admitirán candidaturas ni modificaciones de éstas una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas.
– No se admitirán candidaturas incompletas y aquellas que perdieran algún miembro durante el proceso electoral serán declaradas nulas.
– La campaña electoral deberá respetar las elementales normas de convivencia, evitando descalificaciones que atenten al honor de las personas y la veracidad de las proclamaciones.
La Junta Electoral podrá tomar medidas en caso de no respetarse esta norma.
– El acto de la votación tendrá lugar en la sede del sindicato, el día elegido y en horario de 10 a 20 horas.
– El voto será libre, secreto, personal y directo. (art. 51)
– La Junta Electoral comunicará a los afiliados la posibilidad de votar por correo y el mecanismo del mismo (Se adjuntan instrucciones del voto por correo en anexo I)
– Las consultas sobre el censo podrán hacerse en horario de oficina.
– El censo provisional se expondrá en las oficinas del sindicato a partir del día de la constitución de la mesa electoral, hasta el día de la proclamación provisional de las candidaturas; se atenderán las reclamaciones a dicho censo en horas de oficina. Posteriormente, el censo definitivo quedará expuesto desde ese día hasta el día de la votación. Otras informaciones a los afiliados que se vayan produciendo se harán públicas en el tablón de anuncios de la sede.
– En el caso de ausencia de algún miembro titulares de la Mesa Electoral, éste podrá ser sustituido por el suplente respectivo.
– En caso de ausencia de todos los componentes de la Mesa electoral (titulares o suplentes), la admisión y registro de cualquier documento relacionado con el proceso se llevará a cabo por el departamento administrativo del Sindicato Médico de Sevilla, que dará traslado fehaciente a la Mesa Electoral.
– Cualquier otra circunstancia no recogida en este reglamento, se solucionará atendiendo a los Estatutos del Sindicato y subsidiariamente a las leyes y normas electorales generales.