Correcciones de resoluciones de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas y de adaptaciones de tiempo y/o medio para pruebas selectivas AL y PI de varias especialidades FEA

El BOJA del 9 de enero publica dos resoluciones advirtiendo, en primer lugar, del error material en el apartado Sexto del RESUELVE de la Resolución de 10 de diciembre de 2018 de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, y las listas provisionales de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre de determinadas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área, convocadas mediante la Resolución de 20 de septiembre de 2018, se anuncia la publicación de dichas listas y se aprueba la composición de los Tribunales que evaluarán las citadas pruebas (BOJA núm. 242, de 17 de diciembre), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la siguiente corrección:

En el apartado Sexto del RESUELVE (página 51 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 242):

Donde dice:

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, comenzando el día 18 de diciembre de 2018 hasta el día 9 de enero de 2019, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.

Debe decir:

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, comenzando el día 18 de diciembre de 2018 hasta el día 10 de enero de 2019, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.

Por su parte, la segunda resolución advierte de errores materiales en los apartados Segundo y Sexto del RESUELVE de 10 de diciembre de 2018 de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, y las listas provisionales de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna de determinadas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área, convocadas mediante la Resolución de 20 de septiembre de 2018, se anuncia la publicación de dichas listas y se aprueba la composición de los Tribunales que evaluarán las citadas pruebas (BOJA núm. 242, de 17 de diciembre), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la siguiente corrección:

En el apartado Segundo del RESUELVE (páginas 61 y 62 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 242)

Donde dice:

Segundo. Publicar, como Anexo I a la presente resolución, la relación de causas de exclusión de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.

a) (…)

b) (…)

c) (…)

d) Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en esta resolución no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán excluidas definitivamente de la participación en el proceso selectivo.

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.

Debe decir:

Segundo. Publicar, como Anexo I a la presente resolución, la relación de causas de exclusión de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.

a) (…)

b) (…)

c) (…)

d) Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en esta resolución no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán excluidas definitivamente de la participación en el proceso selectivo.

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.

e) Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en esta resolución no subsanen el defecto que motivó su exclusión, se incorporarán de oficio al listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas de acceso libre, siempre que se cumplan los requisitos de participación establecidos y las personas hayan solicitado dicha incorporación.

En el apartado Sexto del RESUELVE (página 62 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 242)

Donde dice:

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, comenzando el día 18 de diciembre de 2018 hasta el día 9 de enero de 2019, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.

Debe decir:

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, comenzando el día 18 de diciembre de 2018 hasta el día 10 de enero de 2019, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.

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