Los afiliados que tengan reducción de jornada pueden reclamar por vía judicial el cómputo de un saliente de guardia de siete horas

Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho de los facultativos con reducción de jornada a que sus salientes de guardia sean considerados de una duración de 7 horas, y no de una duración proporcional a su jornada reducida.

Así, pues, los afiliados con reducción de jornada a los que el SAS compute los salientes en cantidad inferior a 7 horas podrán reclamar ser compensados por vía judicial. La reclamación puede incluir retroactivamente los cuatro años anteriores al momento de su presentación. Para realizarla, los afiliados deben dirigirse a su delegado del Sindicato Médico, que les pondrá en contacto con nuestra asesoría jurídica.

En cualquier caso, nuestra organización seguirá trabajando para que el SAS ponga fin a este agravio sin necesidad de que los afectados tengan que recurrir a acciones judiciales para ver reconocidos sus derechos.

Comité Ejecutivo del SMS

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