EL SINDICATO MÉDICO RECURRE LA FATÍDICA ORDEN

NOTICIA APARECIDA EN REDACCIÓN MÉDICA
CESM LO RECURRE EN LOS TRIBUNALES
Prohibir combinar jubilación y actividad privada causará un perjuicio económico
El sindicato presenta un recurso contencioso administrativo contra la orden del Ministerio de Trabajo, que entra en vigor el 1 de julio
Martes, 21 de junio de 2011, a las 17:11
Redacción. Madrid
La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha presentado ante la Audiencia Nacional un recurso contencioso administrativo contra la orden del Ministerio Trabajo, publicada el pasado 26 de mayo, por la que se declara incompatible el cobro de una pensión de la Seguridad Social y el mantenimiento de la actividad profesional privada.

Patricio Martínez, secretario general de CESM.

En el recurso, al que ha tenido acceso Redacción Médica, el sindicato plantea la nulidad de la medida por “vulneración del principio de seguridad jurídica”, así como por oponerse al principio de “jerarquía normativa”. En este sentido, CESM entiende que la nueva situación, válida a partir del próximo 1 de julio, causará un perjuicio económico “irreparable” a los médicos afectados.

En concreto, argumentan que la “penalización” impuesta obligará a cerrar las consultas, ya que “no compensará mantenerlas abiertas a cambio de renunciar a la pensión de la Seguridad Social”, y que la restitución de sus derechos constitucionales, si se demora en el tiempo, “hará difícilmente reversibles los daños causados”.

Los servicios jurídicos de la CESM aducen que esta orden es de inferior rango a la Ley 30/95 (sobre Ordenación y Supervisión del Seguro Privado), cuya disposición adicional decimoquinta “deja a salvo la posibilidad de seguir ejerciendo, en determinados casos, la actividad profesional por cuenta propia sin necesidad de causar alta en el Régimen Especial Trabajadores Autónomos (RETA), y por ende, de compatibilizar dicha actividad con el cobro de la pensión de jubilación por la actividad por cuenta ajena”.

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