El TC ha declarado inconstitucional la recuperación de la jornada de 35 horas aprobada en su día por Castilla-La Mancha. El TC decreta que la norma autonómica es “incompatible” con la ley presupuestaria nacional de 2012 e invade las competencias centrales
La sentencia del TC recuerda que el ejercicio por parte de las comunidades de sus competencias exclusivas “no puede desconocer las normas que el Estado haya podido aprobar en virtud de los títulos competenciales estatales”
Castilla-La Mancha fue la primera autonomía en recuperar la jornada de 35 horas, con la oposición del Gobierno central, una decisión que fue seguida por el País Vasco. La Administración central presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión castellano manchega y el TC lo admitió a trámite decretando la suspensión cautelar de la medida.
el Pleno del TC concluye que la norma estatal “admite una norma autonómica que iguale o amplíe la duración de las jornadas laborales y también que señale los criterios de organización y distribución del tiempo de trabajo que se establezcan”. Sin embargo, resulta “incompatible” con la ley estatal una disposición autonómica “que determine una duración inferior de la jornada de trabajo”.
En Andalucía, La Administración y los sindicatos UGT, CC.OO. y CSIF han acordado, en la Mesa General de Negociación Común, que el año que viene, 2017, se recuperará la jornada de 35 horas semanales aunque, sabedores de la imposibilidad legal de su aplicación dejan la coletilla de que será cumpliendo la Ley, faltaría más. O sea, nada de nada.
Fuente: SMA